El artículo 1.849 del Código Civil define la compraventa como un contrato en el que una de las partes “se obliga a entregar una cosa determinada”. A cambio, la otra le deberá pagar una cantidad en dinero o en lo que se haya acordado previamente. En el caso de las pymes, la cosa es la empresa: una unidad de explotación industrial o comercial.
La ley no entra en especificar las cláusulas que ha de contener el contrato. De hecho, este puede variar mucho en función de la naturaleza de las empresas, del sector o incluso del tipo de comprador. Sin embargo, junto a una serie de cláusulas comunes básicas, como la identificación de las partes, el objeto, el precio, la confidencialidad o pacto de no competencia, hay otras que debes conocer si vas a abordar una operación de compraventa para su posible inclusión.
En general, el precio de las empresas se fija en función de los beneficios que se prevea que vayan a proporcionar en los ejercicios siguientes. Por esta razón, suele ser una práctica habitual establecer una cantidad fija que debe pagar el comprador en el momento de la adquisición y una cantidad aplazada. Esta es variable y puede no estar establecida, ya que depende del resultado de ciertos parámetros previamente acordados.
De este modo, el comprador pagará menos si los beneficios han sido menores y más si han superado las expectativas. Las grandes ventajas son que el vendedor obtiene una mayor cuantía si el resultado es bueno y que el comprador aplaza una cantidad que será coherente con los beneficios reales.
Esta cláusula también es muy útil porque garantiza la continuidad del vendedor durante un tiempo. Esto es verdaderamente provechoso, sobre todo en el caso de empresas muy personalistas, donde el dueño ejerce cierta posición de liderazgo. Por esta razón, es frecuente que en el ‘earn-out’ se definan las condiciones de esa permanencia.
A través de esta cláusula, el comprador retiene una cantidad específica de dinero durante un periodo concreto con el fin de asegurarse todas las garantías por parte del vendedor. En el mundo anglosajón, han creado la figura del agente ‘escrow’, mientras que en España esa función la suelen ejercer los notarios.
Para ello, se efectúa una cuenta depósito donde se fijan las condiciones hasta su resolución, que supervisa ese notario o agente ‘escrow’. El pago de los honorarios de este profesional también debe ser acordado por las partes. Esta cláusula es muy útil cuando no existe confianza entre las partes.
Esta disposición establece la ley por la que se regirá el contrato y los tribunales competentes. En general, lo habitual es que sean los tribunales civiles o mercantiles de la localidad donde esté domiciliada la persona jurídica. Sin embargo, las partes pueden acordar lo que quieran entre ellas. De hecho, pueden fijar como competentes cortes incluso de otros países que queden bajo el paraguas de los reglamentos de la Unión Europea en esta materia.
Sin embargo, esta libertad tiene algunas limitaciones. Entre ellas, destacan las siguientes:
También es frecuente que en esta cláusula se incluyan como aceptadas otras formas de resolución de conflictos en el caso de que surjan. Nos referimos a figuras de arbitraje o de mediación para que, con su concurrencia, se solucionen malentendidos sin necesidad de acudir a los tribunales. En muchas ocasiones, se recurre al establecimiento de un procedimiento previo detallado con el fin de evitar largos y costosos litigios en casos de divergencias.
Aunque es una cláusula habitual, te la explicamos. Su objetivo es proporcionar transparencia y seguridad a ambas partes en un contrato al establecer la veracidad de ciertos hechos y condiciones. De forma sencilla, recoge las garantías y responsabilidades de los contratantes. Las manifestaciones son afirmaciones sobre la verdad de ciertos hechos en un momento dado. Por otro lado, las garantías son promesas de que ciertas condiciones seguirán siendo ciertas en el futuro.
Ambas partes utilizan esta cláusula para proporcionar información precisa y confiable sobre diversos aspectos, como activos, deudas, situación financiera, litigios pendientes, entre otros.
Es muy importante que conozcas los tipos de cláusulas que pueden contener los contratos de compraventa de empresas. De este modo, podrás negociar los aspectos que te parezcan más relevantes según tus circunstancias. Asimismo, saber que existen determinadas figuras y recurrir a ellas te proporcionará todas las garantías que necesitas para llevar a cabo tu negocio, ya sea el de comprar o el de vender.